Los certificados de profesionalidad, regulados por el Real Decreto 34/2008, de 18 de enero, son el instrumento de acreditación oficial de las cualificaciones profesionales del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales en el ámbito de la administración laboral.
Estos certificados, acreditan el conjunto de competencias profesionales que capacitan para el desarrollo de una actividad laboral identificable en el sistema productivo sin que ello constituya regulación del ejercicio profesional.
La Formación Profesional se regula por el Real Decreto 1147/2011, de 29 de julio. Esta formación profesional del sistema educativo es el conjunto de acciones formativas que tienen por objeto la cualificación de las personas para el desempeño de las diversas profesiones, para su empleabilidad y para la participación activa en la vida social, cultural y económica. (Art.1.2 Real Decreto 1147/2011, de 29 de julio).
Los Ciclos Formativos contienen en su currículo diversos módulos Profesionales (asignaturas) de carácter teórico-práctico (en porcentajes diversos: desde algunos puramente teóricos a otros totalmente prácticos) y se completan con el Módulo Profesional de Formación en Centros de Trabajo (FCT), prácticas que se desarrollan en una empresa entre 300 y 400 horas y que, al igual que los demás Módulos del Ciclo Formativo es imprescindible superar para conseguir el título. Aqui os dejo el enlace as los folletos informativos de los ciclos.
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Diferencias entre FPO y Ciclos |
Para impartir la formación de los módulos formativos de los certificados de profesionalidad, los formadores deberán reunir los requisitos específicos de cada certificado, llamados PRESCRIPCIONES DE LOS FORMADORES, que vienen publicados en los BOE dónde se publican cada uno de ellos (Normalmente, requisitos de titulación, experiencia profesional en el ámbito de la unidad de competencia (año o años) y competencia docente.
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Elaboración Propia |
A modo de ejemplo, el Certificado de Profesionalidad SS0208 Atención sociosanitaria a personas dependientes en instituciones sociales, que suelo impartir. Os invito a que echeis un ojo y podais comprobar si cumplis con estas prescripciones docentes y reviseis la estructura, unidades de competencia, módulos formativos,etc.
Para impartir formación en centros dependientes de la Consellería de Cultura, Educación e Universidade teríamos que superar o proceso selectivo correspondente e no caso de ser nun centro privado contar cunha acreditación para impartir docencia en centros privados de Galicia.
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